JUSTICIA

Yasmín Esquivel: No procede el acuerdo conclusivo ante Prodecon cuando haya sentencia

Segunda Sala de la Corte valida que el Código Fiscal de la Federación prohíba a contribuyentes solicitar un acuerdo conclusivo si ya acu impugnaron en juicio en supuesto específico de que ya exista determinación judicial.

Miinistra de la SCJN, Yasmín Esquivel
Miinistra de la SCJN, Yasmín EsquivelCréditos: Cuartoscuro
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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó hoy que el Código Fiscal de la Federación prohíba a contribuyentes solicitar un acuerdo conclusivo si ya acu impugnaron en juicio en el supuesto específico de que ya exista determinación judicial en el procedimiento de fiscalización.

Se explicó que los acuerdos conclusivos ofrecen facilidades a los contribuyentes para regularizar su situación fiscal, antes de recurrir a los tribunales, con el fin de lograr una mayor recaudación y reducir los costos de operación de la hacienda pública; oportunidad que se pierde cuando el asunto escala a las autoridades judiciales a través de un medio de impugnación.

Por lo que la limitación tiene como finalidad evitar la promoción de medios de defensa con el objetivo de retardar los procedimientos de fiscalización.

Además, estableció como supuesto de excepción aquellos casos en que la determinación judicial es emitida en el sentido de reponer el procedimiento de fiscalización, para el efecto de que se dé oportunidad a la persona contribuyente de acceder al acuerdo conclusivo, pues debe garantizarse se cumpla con esa resolución