TRIBUNAL ELECTORAL

TEPJF revoca designación de José Arturo Salinas como gobernador interino de Nuevo León

El órgano jurisdiccional aprobó el acuerdo de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien argumentó que Salinas Garza incumple con el requisito de elegibilidad.

José Arturo Salinas.
José Arturo Salinas.Créditos: Cuartoscuro
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la designación de José Arturo Salinas Garza como gobernador interino de Nuevo León para el periodo que comprende del 2 de diciembre de este año al 2 de junio del 2024.

El órgano jurisdiccional aprobó el acuerdo de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien argumentó que Salinas Garza incumple con el requisito de elegibilidad, ya que se desempeña como presidente del Tribunal Superior de Justicia de aquella entidad, lo que podría afectar la autonomía del Poder Judicial.

Explicó que la Constitución local establece en su artículo 118 que no podrá ocupar el cargo de gobernador ninguno de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del estado y enfatiza que este impedimento no puede ser superado a través de una licencia.

“No basta con quien encabece el Poder Judicial local, solicite una licencia, ya que la naturaleza temporal de la gubernatura interina y la necesidad de asegurar la estabilidad en el gobierno, deben garantizarse mediante un sistema congruente con la exigencia de separación de poderes y respetuoso de los principios de independencia, autonomía e imparcialidad”.

Por su parte, la magistrada Mónica Soto Fregoso refirió que la designación del gobernador interino debe ser producto de la decisión del Congreso estatal.

De esta manera, la decisión consensuada, coadyuvará a que la designación de la gubernatura, interina esté dotada de legitimación, tanto en el ejercicio de la facultad soberana que le fue concedido por el Constituyente como ante la población de la entidad, pues, sin duda, su decisión será producto de el acuerdo de las diputadas y los diputados”.

Ante ello, los magistrados ordenaron al Congreso local realizar el nombramiento del gobernador interino conforme a los artículos 118 y 122 de la Constitución Política de la entidad.