LFT

Vacaciones dignas: ¿Qué implicaciones traerían el aumento de días descanso?

De acuerdo con el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas.

La reforma a la LFT aplió los días de descanso.
La reforma a la LFT aplió los días de descanso. Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

La ampliación de los días de descanso tras el primer año de trabajo se volvió una realidad en México con la llegada del 2023. Pese a que las vacaciones dignas son un triunfo para los trabajadores, estas traerán consigo una serie de implicaciones que afectarían a todos los mexicanos.

La reforma a la Ley Federal del Trabajo logró que los días de vacaciones pasaron de 6 a 12 con sólo un año de vacaciones, mientras que los trabajadores con mayor antigüedad tendrán más de 20 días de descanso, casi un mes.

Bajo ese escenario, especialistas en la materia señalan que el prorrateo de vacaciones tiene su sustento en una jurisprudencia que establece que el derecho a vacaciones se genera con los días laborados.

Dicha jurisprudencia fue emitida en  en 1996 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y establece que “el derecho al disfrute de vacaciones se genera por el tiempo de prestación de los servicios".

De acuerdo con el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas.

Y es que ante la posibilidad de que los trabajadores cuenten con casi un mes de vacaciones, situación que representaría una dificultad para los empleadores, asociaciones civiles han señalado que el prorrateo de los días de vacaciones es una interpretación legal inadecuada.

Abigail Quiroz, presidenta de la Fundación Trabajo Digno, opinó que la reforma de las vaciones dignas "es muy clara, pero buscan darle otro enfoque. El parámetro es el momento en el que se genera el derecho. Y el derecho se genera con la antigüedad, y ninguna reforma se puede interpretar en perjuicio de un trabajador, por más que la queramos interpretar así, en un tribunal se corregirá”.