El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) con el que admitió a trámite la denuncia que se presentó contra la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña.
Por mayoría de cuatro votos, la Sala Superior consideró infundados e inoperantes los agravios presentados la Consejería Jurídica relativo a la supuesta incompetencia de la autoridad responsable, ya que la conducta denunciada está relacionada con supuestos actos anticipados de precampaña y campaña para la elección presidencial que tendrá lugar en 2024, infracción cuya investigación es competencia de la autoridad electoral administrativa nacional y no así de las locales.
La magistrada Mónica Soto Fregoso votó en contra del proyecto, al argumentar que la forma en la que el INE le está requiriendo la información a la mandataria capitalina, podría llevarla a autoincriminarse, puesto que debe responder, entre otras cuestiones, si asistió a los eventos públicos que fueron denunciados y si tenía planeado contender en busca de una candidatura a la Presidencia de la República.
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“Considero que si bien el requerimiento impugnado formalmente constituye un acto intraprocesal dentro del procedimiento especial sancionador en que se emitió, lo cierto es que por la forma en que está redactado materialmente produce efectos jurídicos respecto de la recurrente y podría implicar la vulneración de sus derechos sustantivos a la no autoincriminación y de presunción de inocencia; es decir, la manera en la que se le están haciendo las preguntas evidentemente al responderlas tendría que caer en alguna situación que la llevara casi directamente a autoincriminarse en caso de dar unas respuestas positivas a lo que el cuestionario le está solicitando”.
Asimismo, la Sala Superior del TEPJF confirmó la sentencia de la Sala Especializada, la cual resolvió que la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, incurrió en difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, vulneración a las reglas de promoción del proceso de revocación de mandato, además de que incumplió con las medidas cautelares, por la publicación de mensajes que realizó a través de su cuenta de Twitter los días 18 de febrero y 16 de marzo de este año.