La dirigencia nacional de Movimiento Ciudadano interpuso un recurso de apelación para impugnar la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) con la que confirmó la multa por 28 millones de pesos por el apoyo económico de 14 millones de pesos que recibió por parte de sus familiares el hoy gobernador electo de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda.
En su escrito, el representante del partido ante el INE, Juan Miguel Castro Rendón, solicitó a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocar lisa y llanamente el acto impugnado, ya que la autoridad se negó a resolver la investigación de manera exhaustiva, renunciando a valorar todos los elementos presentes en el expediente.
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Agregó que la conclusión del INE deja de observar que el instituto político "no tiene facultades constitucionales, legales ni reglamentarias, ni mucho menos reglas previamente fijadas por la autoridad administrativa electoral que lo vinculen a investigar el origen de cada una de las aportaciones que recibe de su militancia o simpatizantes, ya que éstas son actos de buena fe y parten de una presunción iuris tantum al momento de ser efectuadas".
Asimismo, Castro Rendón argumentó que la resolución del INE incumple con el principio de exhaustividad, pues omitió cualquier valoración de los elementos aportados por Bertha Sepúlveda Andrade (mamá), Silvia García Sepúlveda (hermana) y Roberto García Sepúlveda (hermano), así como por las personas morales Firma Jurídica y Fiscal Abogados, Firma Contable y Fiscal, tendientes a explicar la relación entre ellos, la justificación del traslado de los recursos y su capacidad económica.
A decir del representante partidista, es ilegal que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el INE concluyan que los familiares de Samuel García no tenían capacidad económica para hacer las aportaciones por considerar que éstos no presentaron declaraciones ni emitieron comprobantes fiscales digitales por internet en los ejercicios fiscales en los que los realizaron.
Finalmente, señaló que la autoridad llega a las conclusiones a partir de "meras conjeturas", pero en ningún momento se comprobó efectivamente la aportación realizada por un ente prohibido.