Avalan comisiones del Senado reformas para prohibir pruebas cosméticas en animales

No se podrá fabricar, importar ni comercializar productos cosméticos cuando en su formulación final medien o hayan mediado pruebas en animales.

Senado prohíbe pruebas de cosméticos en animales / Foto: Cuartoscuro
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Las comisiones unidas de Salud y Estudios Legislativos Segunda del Senado de la Republica aprobaron prohibir las pruebas de cosméticos en animales.

Se espera que este dictamen sea aprobado por el pleno, al iniciar el nuevo periodo ordinario de sesiones el 1 de septiembre.

Esta reforma a la Ley General de Salud establece que la investigación cosmética no podrá incluir pruebas en animales de ingredientes cosméticos, de productos cosméticos finalizados ni de sus ingredientes o la mezcla de ellos.

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No se podrán comercializar cosméticos probados en animales

Además, no se podrá fabricar, importar ni comercializar productos cosméticos cuando en su formulación final medien o hayan mediado pruebas en animales.

La reforma, fija una penalidad de dos a siete años de prisión y multa equivalente de 200 a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización a quien incumpla las nuevas disposiciones.

Se fija un plazo 180 días para expedir las disposiciones jurídicas necesarias para la aplicación de la norma y se otorga un plazo de dos años, a partir de la expedición de las disposiciones jurídicas, para que los fabricantes puedan sustituir las pruebas cosméticas en animales por métodos alternativos.

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Foto: Cuartoscuro

Además, las comisiones de Salud y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron un dictamen que plantea declarar la última semana de febrero de cada año como la Semana Nacional de Concientización y Prevención de la COVID-19.

En la reunión ordinaria celebrada a distancia, también se aprobó una iniciativa que reforma el artículo 27 de la Ley General de Salud, a fin de que la atención de urgencias médicas calificadas sea obligatoria, cuando la vida del derechohabiente esté en peligro, en todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, independientemente de la seguridad social que tengan los pacientes.

En este dictamen, las comisiones consideraron que la urgencia calificada, es un problema de salud que se presenta súbitamente, la cual pone en riesgo la vida, órganos o función del paciente y que, por lo tanto, requiere de una atención médica inmediata.

Los legisladores, enfatizaron que se deben garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social, así como el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, a exámenes médicos y suministro de medicamentos.