SCJN desecha queja de "El Bronco" contra resolución del TEPJF

El ex ministro Eduardo Medina Mora concedió en octubre de 2029 una suspensión a Rodríguez Calderón que impide ejecutar las sanciones.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la queja que interpuso el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, “El Bronco”, para impugnar la resolución de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que ordenó sancionar, de manera inmediata, al secretario general de Gobierno, Manuel González Flores, por desvío de recursos durante el acopio de firmas para la candidatura presidencial del mandatario estatal.

En su escrito, “El Bronco” argumentó que la resolución es violatoria de las medidas cautelares de 2 y 28 de octubre de 2019, recaídas en el presente incidente de suspensión.

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No obstante, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que el mandatario estatal carece de legitimación activa para interponer el recurso de queja, al comparecer en defensa de intereses particulares y no del poder al que representa.

"Consecuentemente, es dable advertir que el promovente no interpone este recurso de queja en defensa de los intereses del poder al que pertenece, -es decir del Poder Ejecutivo de Nuevo León, que es quien tiene el carácter de actor en la controversia constitucional de la que este incidente deriva-, sino de los intereses del Secretario de Gobierno estatal", señala el acuerdo del ministro.

Alcántara Carranca explicó que la controversia constitucional y los recursos que de ella derivan, no son un medio de defensa instituido para proteger intereses de particulares, sino de los entes públicos previstos en la Constitución Federal, por lo que, en las condiciones apuntadas en el escrito, el promovente carece de legitimación activa para interponer recurso de queja.

Cabe recordar que el ex ministro Eduardo Medina Mora concedió en octubre de 2029 una suspensión a Rodríguez Calderón que impide ejecutar las sanciones, misma que fue confirmada el 15 de enero por la Segunda Sala de la Corte.