Grupo México debe reconocer huelga en mina de Zacatecas: SCJN

El Sindicato recordó que la huelga de la mina de Sombrerete inició hace más de 12 años por diversas violaciones a los derechos laborales.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó por improcedentes los recursos de revisión que interpuso Grupo México en contra del amparo que se le concedió al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos de la República Mexicana, que preside el senador de Morena, Napoleón Gómez Urrutia.

Con ello, la empresa que encabeza Germán Larrea deberá reconocer la huelga que estalló el 30 de julio de 2007 en la mina de San Martín, ubicada en Sombrerete, Zacatecas.

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El recurso de revisión fue presentado por el Sindicato Nacional de Trabajadores de Exploración y Beneficios de Minas de la República Mexicana e Industrial Minera México, como terceros interesados, en contra de la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que en su momento ratificó el amparo concedido por el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo de la Ciudad de México.

En su resolución, el impartidor de justicia ordenó a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dejar sin efecto el laudo del 2 de abril del 2019 y emitir otro en el que determine que no se puede conformar el padrón de trabajadores con derecho a voto, para desahogo de la prueba de recuento, con documentos relacionados hasta junio de 2007.

Al respecto, la organización gremial que encabeza Gómez Urrutia aseveró que el con el fallo de la Corte se ratifica que es ilegal el contrato colectivo de trabajo que firmó la empresa Industrial Minera México, filial de Grupo México, con otro gremio de la Federación Nacional de Sindicatos Independientes para reiniciar las actividades en la mina en agosto de 2018 es ilegal, por lo que será obligado a retirarse de las instalaciones.

La mina fue reabierta luego de que la empresa y el sindicato patronal firmaron un nuevo contrato colectivo de trabajo que carece de validez, toda vez que el ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica, pendientes ante el Tribunal y la de las solicitudes que se presenten, por lo que se tendrá que realizar, en su caso, un recuento.

El Sindicato recordó que la huelga de la mina de Sombrerete inició hace más de 12 años por diversas violaciones a los derechos laborales que no fueron atendidas por la empresa de Grupo México.