Revés jurídico a Ocesa; deberá pagar multa de casi 100 mdp

La empresa Ocesa fue multada ya que no tramitó el documento para radiocomunicaciones privadas que son propiedad de la nación.

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La empresa Operadora de Centros de Espectáculos (Ocesa), deberá pagar una multa de 97.2 millones de pesos, que le impuso desde 2016 el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), luego sufrir un revés en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al perder un amparo en contra de la sanción.

Esta multa le fue impuesta a Ocesa luego de que el IFT detectó que utilizó sin permiso 29 frecuencias, localizadas entre los 138.225 y los 823.75 megahercios, para servicios de comunicación relacionados con una carrera de autos denominada Fórmula E.

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Con base en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el uso del espectro radioeléctrico es propiedad de la nación, y para las radiocomunicaciones privadas se requiere de un permiso o concesión, el cual Ocesa no tramitó.

Por esa razón, el Pleno del IFT resolvió imponerle una multa equivalente al 6.01 por ciento de sus ingresos acumulables en el 2015, año en el que ocurrieron los hechos.

Dicha compañía interpuso un amparo contra la multa, argumentando que la sanción era desproporcionada, que su conducta no causó daño a terceros y que sólo utilizó las frecuencias para comunicaciones relacionadas con la seguridad del evento.

El proyecto de sentencia, presentado por el ministro Mario Pardo Rebolledo, fue aprobado por unanimidad y señala que la ley en que se basó la sanción aplicada por el IFT, es constitucional y contiene los parámetros necesarios para determinar la multa, por lo que Ocesa tendrá que pagar.