El juez Patricio Leopoldo Vargas Alarcón, titular del Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en materia Penal, concedió la suspensión provisional a Gilda Austin y Solis en contra de la orden de aprehensión por los delitos de lavado de dinero y asociación delictuosa.
En su resolución, el juzgador precisó que si el delito por el cual se libró la orden de aprehensión implica prisión preventiva oficiosa, el efecto de la suspensión es que la madre de Emilio Lozoya quede a disposición de dicho órgano jurisdiccional de amparo, en el lugar en el que deba ser recluida, por cuanto a su libertad personal y a la de la autoridad que corresponda conocer del procedimiento penal para los efectos de su continuación.
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Asimismo, el juez Vargas Alarcón puntualizó que la suspensión quedará sin efectos si Austin y Solis no exhibe dentro del plazo de cinco días, una garantía de 4 mil 500 pesos en billete de depósito o en cualquiera de las formas permitidas por la ley.
Mencionó que en su informe el juez de control deberá manifestar el delito que se atribuye a la quejosa y si éste es culposo o doloso y si amerita prisión preventiva; la penalidad aplicable; la cuantía de los daños causados; el beneficio económico; el monto estimado de la reparación del daño; la situación económica de la quejosa, y la posibilidad de que se sustraiga a la acción de la justicia.