La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó ejercer su facultad de atracción para conocer de los amparos que promovieron el ex gobernador de Tamaulipas, Tomás Yarrington Ruvalcaba, y el ex subsecretario de Egresos de dicha entidad, Alfredo Sandoval Musi, contra la orden de aprehensión.
El Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal dio a conocer este lunes la resolución de la Primera Sala del Alto Tribunal.
"Visto el estado procesal que guardan los…autos…se advierte que …se tuvo por recibido el oficio MI/PS/1/5627/2019, por el que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, informó que desechó la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 335/2018, formulada por el autorizado del mencionado inconforme; lo que comunicó a fin de continuar con el trámite correspondiente", señala el acuerdo radicado en el expediente 289/2018 del tribunal.
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Cabe recordar que la Fiscalía General de la República solicitó una orden de aprehensión contra los ex funcionarios por su probable responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita por 12.7 millones de pesos y 450 mil dólares, recursos que presuntamente utilizaron para la compra de tres inmuebles en México y Estados Unidos.
Sin embargo, el Juzgado Decimotercero de Distrito de Amparo en Materia Penal otorgó la protección de la justicia a Yarrington y a Sandoval Musi y dejó sin efecto el mandamiento judicial librado por el juez Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales en Toluca, Estado de México.
La sentencia ordena al juez de procesos volverse a pronunciar si ordena o no la aprehensión del ex gobernador y del ex subsecretario, debido a que la orden girada en 2017 no estaba bien fundamentada.
Ante esta situación, la FGR presentó un recurso de revisión que fue admitido a trámite por el Octavo Tribunal Colegiado, pero Yarrington y Musi solicitaron a la Corte atraer el asunto.
Con la resolución del máximo tribunal del país, el Tribunal Colegiado podrá continuar con el estudio de los amparos y resolver si confirma, modifica o revoca la sentencia del juzgado de amparo.