Tribunal niega suspensión a ex esposa de Jorge Vergara

El juez de Distrito determinó que la continuación del procedimiento no ocasiona perjuicios irreparables al derecho de defensa de Fuentes Téllez

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El Décimo Tribunal Colegiado en materia Penal negó la suspensión definitiva a Angélica Fuentes Téllez, ex esposa del empresario Jorge Vergara, quien busca evitar que la Fiscalía General de la República (FGR) judicialice una carpeta de investigación y eventualmente solicite su aprehensión por la presunta comisión de delitos fiscales.

La empresaria promovió un amparo; no obstante, el juez Erik Zabalgoitia Novales, titular del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, le negó la medida solicitada.

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En este sentido, los magistrados confirmaron la resolución del juez de amparo en el sentido de que la concesión de la suspensión contravendría disposiciones de orden público, interés social y se perturbarían los derechos fundamentales de las víctimas.

El 15 de julio, el agente del Ministerio Público de la Federación, en funciones de Fiscal Federal, Titular de la Agencia Octava de la Unidad de Investigación y Litigación de la Unidad Especializada en Delitos Fiscales y Financieros de la FGR, determinó en la carpeta de investigación que integra contra Fuentes Téllez "que era improcedente decretar el no ejercicio de la acción, con apego al artículo 100 de Código Fiscal de la Federación".

Sobre este punto, el juez de Distrito determinó que la continuación del procedimiento no ocasiona perjuicios irreparables al derecho de defensa de Fuentes Téllez, en virtud de que lo puede ejercer plenamente ante el juez de control en la investigación complementaria.

Precisó que otorgar la suspensión, implicaría paralizar el procedimiento penal acusatorio en su primera etapa, pues el efecto de la medida es que la autoridad responsable se abstenga de determinar en definitiva la carpeta de investigación, lo que traería como consecuencia que no se solicite a la autoridad judicial que se cite a la audiencia inicial; por lo que, con ello, el Ministerio Público queda imposibilitado para formular imputación, que es el acto procesal con el que se da paso de la fase inicial a la fase complementaria de la investigación y eventualmente solicitar la vinculación a proceso.

Al respecto, los magistrados determinaron que la suspensión contravendría disposiciones de orden público, debido a que la sociedad está interesada en que no se paralicen los procesos penales.