SCJN inicia análisis de impugnaciones contra Código de Procedimientos Penales

Implica determinar si es constitucional que la policía pueda realizar la inspección de personas y de vehículos en la investigación de los delitos sin que cuenten con una orden emitida por una autoridad competente.

Escrito en NACIONAL el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el estudio de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (INAI) que demandan la invalidez de 13 artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales.

El primer tema implica determinar si es constitucional que la policía pueda realizar la inspección de personas y de vehículos en la investigación de los delitos sin que cuenten con una orden emitida por una autoridad competente.

El proyecto, bajo la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek, propone declarar la constitucionalidad de este precepto, ya que está acorde con las facultades que le otorga a la policía el nuevo Sistema de Justicia Penal.

“Para que las inspecciones que realice la policía sean constitucionalmente válidas debe existir previo a su práctica la sospecha razonable de que en ese momento, los sujetos estén cometiendo un delito; es decir que se esté en presencia del delito flagrante. También se permitirá la inspección cuando exista sospecha razonable de que el individuo oculta entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo instrumentos objetos o productos relacionados con el hecho considerado como delito que se investiga”.

Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar se pronunció a favor de declarar inconstitucional este tipo de revisiones.

“Me parece que este nuevo supuesto de control previo, que se establece en el artículo 268 y que se avala en el proyecto, no se compadece con la Constitución y se puede prestar a múltiples inconvenientes prácticos como es que la policía, so pretexto de que está investigando un delito, pueda llevar a cabo revisiones o inspecciones en una persona, sin que haya una sospecha razonable de que está cometiendo un ilícito, simplemente porque tiene una sospecha razonable”.

La discusión del asunto continuará en la sesión de este martes, aunque todo indica que no se alcanzará la votación calificada para declarar la invalidez de las norma.