Decreta SFP que las obras de infraestructura deben realizarse sin fines electorales

La SFP publicó los lineamientos en los que se establecen las especificaciones y características que se deberán observar en la imagen y promoción de obras de infraestructura.

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La Secretaría de la Función Pública (SFP) estableció que los procesos de contratación de obra de infraestructura “deben realizarse sin fines electorales”.

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó los lineamientos en los que se establecen las especificaciones y características que se deberán observar en la imagen y promoción de obras de infraestructura.

En el artículo 134 de la Constitución Política se establece que los recursos públicos deben administrarse con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

El reglamento prohíbe que las obras de infraestructura y acciones que se difundan a través de medios de comunicación como televisión, radio, prensa escrita y electrónica, mantas, bardas, anuncios espectaculares, volantes, entre otros, sirvan para realizar promociones con fines electorales.

Por el contrario, establece la obligación de utilizar la imagen y promoción de dichas obras de infraestructura y acciones, única y exclusivamente, para fines informativos, educativos o de orientación social.

De igual forma, subraya el documento que los servidores públicos tienen la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

“La Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deben promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el ejercicio de la función pública, el acceso a la información, la participación ciudadana, así como la rendición de cuentas”, destacó el texto.

Lo anterior, a través del establecimiento de políticas públicas y mecanismos que garanticen la publicidad de información oportuna, verificable, comprensible, actualizada y completa.

Por último, precisa que corresponde a la SFP inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los presupuestos de egresos, emitir los lineamientos que se requieran en materia de contrataciones públicas reguladas por la Ley de Adquisiciones.