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En entrevista para MVS Noticias con Manuel López San Martín, se habló con el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña, sobre que, aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avale el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara, la elección de juzgadores de 2025 no se echará atrás.
Fernández Noroña criticó duramente el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, argumentando que la Suprema Corte no tiene facultades para modificar o interpretar selectivamente la Constitución.
"Que se elijan los ministros, ministras de la Corte, que se elijan los integrantes del Tribunal de Disciplina, que se elija la sala superior, los magistrados, magistrados, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y que no se elijan coheses y magistrados federales y locales, con criterio en qué, con fundamento en qué él decide eso y peor que haya siete ministros que lo respaldan en semejante irresponsabilidad"; arremetió.
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A su vez, el senador defendió la reforma constitucional que permite la elección de jueces y magistrados por voto popular, afirmando que es irreversible.
"O sea, jurídicamente es una majadería, es una decisión política, lo que tomarían en todo caso, que busca poner al Poder Judicial por encima de los poderes del Ejecutivo de Legislativo y del soberano, que es el pueblo".
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¿Desacato del Poder Judicial?
Fernández Noroña acusó al Poder Judicial de estar en rebeldía con el marco legal y constitucional. Critica a jueces que emiten amparos contra reformas constitucionales, argumentando que esto va en contra del artículo 61, fracción primera de la Ley de Amparo.
¡'No estamos en una crisis constitucional'!
El senador tambien acusó al Poder Judicial de excederse en sus atribuciones y desacatar el marco legal, sosteniendo que la tensión actual no constituye una crisis constitucional, pero sí un intento del Poder Judicial de erigirse como un 'supremo poder conservador'.
Gerardo Fernández Noroña afirma que solo el Poder Legislativo tiene la facultad de legislar y resolver estas contradicciones, no la Corte. Menciona el artículo 136 de la Constitución sobre la inviolabilidad de la misma y el derecho del pueblo a la rebelión como últimos recursos para defender la Constitución.