ENTREVISTAS MANUEL LÓPEZ SAN MARTÍN

Impuesto predial, ¿en qué casos se subsidia o exenta?

Diana Bernal, experta en derecho fiscal, consideró que el pago de este impuesto es 'sumamente alto'.

Créditos: Pixabay
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Colaboración Diana Bernal

En su colaboración con Manuel López San Martín para MVS Noticias, Diana Bernal, experta en derecho fiscal, habló sobre el impuesto predial, quiénes lo pagan, sus implicaciones, cargas y en qué casos se subsidia o exenta.

“Es un impuesto, a mí juicio, sumamente alto, el propio Código Fiscal dice que a más tarde el 15 de enero, el o la jefa de Gobierno de la CDMX tendrá que emitir un decreto para subsidiarlo”, mencionó.

La experta en la materia ejemplificó sus declaraciones con el caso de un inmueble de 3 millones de pesos en valor comercial y de un millón en valor catastral, el cual tendría que pagar mil pesos de manera bimestral, “pero como el precio es muy alto, el gobierno lo subsidia y termina pagando 100 pesos al bimestre”.

Estos subsidios los alcanzan los inmuebles que valen hasta 2 millones 569 mil pesos, después de esa cifra no subsidia y se vuelve altísimo el pago del impuesto predial. También quienes cuenten con un propiedad y sean jubilados, pensionados, que tengan una incapcidad por invalides y hay disposiciones a favor de las mujeres, tanto las viudas, las divorciadas, separadas, siempre y cuando sean jefas de hogar y madres de hogar”, explicó.