Cofepris realiza 14 mil 521 suspensiones por malas prácticas de venta de carne

 Ésta debe contener información clara y completa, sin tachaduras, enmendaduras, ni sobre etiquetado. 

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Con el objetivo de cuidar la salud de la población, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), en coordinación con el Sistema Federal Sanitario (SFS), ha realizado 925,000 verificaciones a establecimientos comerciales en todo el país, con 14,521 suspensiones por malas prácticas y se han aplicado sanciones económicas superiores a 1.3 millones de pesos.

Para realizar denuncias sobre productos y recibir asesoría sobre el consumo de productos cárnicos pre envasados, la Cofepris pone a disposición el Centro de Atención Telefónica (CAT) en el 018000335050 y el correo electrónico: contactociudadano@cofepris.gob.mx<mailto:contactociudadano@cofepris.gob.mx>.

Asimismo, sugirió a los consumidores de carne la compra del producto en comercios formalmente establecidos.

De acuerdo con la normatividad vigente, se debe checar en los productos pre envasados la fecha de caducidad o de consumo preferente. Ésta debe contener información clara y completa, sin tachaduras, enmendaduras, ni sobre etiquetado.

Habrá que revisar que los productos refrigerados o congelados estén en buenas condiciones de almacenamiento, es decir menor de 7°C para refrigerados y -18°C para congelados

Asimismo, observar que el envase, empaque y/o embalaje se encuentren en buenas condiciones y sin signos de maltrato o ruptura.

La Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 establece la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado de los alimentos pre envasados de fabricación nacional o extranjera.

Al revisar el producto verificar la fecha de caducidad. La fecha considera las características sanitarias y de calidad para el consumo de un producto pre envasado, almacenado en las condiciones sugeridas por el responsable del producto, después de ésta no debe comercializarse ni consumirse.

También se debe revisar la fecha de consumo preferente. Esta es la fecha en que, bajo determinadas condiciones de almacenamiento, expira el periodo durante el cual el producto pre envasado es comercializable y mantiene las cualidades específicas que se le atribuyen, pero después de ésta el producto pre envasado no debe ser consumido.